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Un texto de Manuel Forega: El multilingüismo como "problema" territorial en España

Extraído de http://forega.blogspot.com/

La legitimación de la lengua nativa (o materna) como lengua de uso por sus hablantes resulta un derecho consagrado en la Constitución española de 1978 que, además, prescribe su defensa y fomento y propicia su enseñanza curricular a través de los planes docentes de las Administraciones autonómicas afectadas. También la Constitución española reconoce al castellano como lengua común y establece su co-oficialidad con el resto de las lenguas en los territorios donde ambas convivan. Son ambos hechos determinantes, cuyo contenido jurídico es de obligado ejercicio y que deberían ser siempre mencionados como punto de partida en cualquier conflicto de las características que vienen últimamente sucediéndose. Reconocidos esos derechos no sólo desde la letra de la ley, sino desde la conciencia social y desde los poderes públicos (a los que tal reconocimiento, en principio, se les supone), aquellos conflictos no tendrían por qué haberse producido.
Pero en éste, como en otros puntos, la Constitución española no parece, en la práctica, haber dado satisfacción a todos. Al margen de la obligada proclividad política a emplear en este asunto un lenguaje conciliador, el hecho es que las tensiones por el uso de las lenguas co-oficiales en los territorios de las Comunidades catalana, vasca y gallega, en mayor o menor grado, han ido produciéndose a lo largo de su vigencia constitucional. Es cierto que la percepción de tales tensiones se encuentra a veces estrechamente ligada a su valor o interés mediático y otras muchas resulta coyuntural, dependiendo, sobre todo, de la oportunidad política y como elemento añadido de debate a las luchas electorales.
El legítimo derecho al uso de la lengua propia, sin embargo, no debería necesariamente adherirse al interés estrictamente político, como parece ser la costumbre; ni servir de pretexto estrictamente mediático, como parece argüirse tácita y oportunamente desde los mass media.
A la percepción política de tales tensiones, se opone su percepción social, y no parece que ésta examine el "problema" con los mismos argumentos ni con los mismos objetivos ni, por supuesto, con los mismos intereses. Resulta, en este sentido, paradójico que, mientras el debate adquiere tintes altamente beligerantes en la palestra política y mediática, la inmensa mayoría de la sociedad, de las comunidades de hablantes de esas lenguas, no manifiesta ninguna preocupación subrayable ante fenómeno semejante. Claro que sería injusto soslayar la puntualidad con que se recogen las denuncias y las reivindicaciones de las familias castellanoparlantes sobre la conculcación de sus derechos cuando aspiran a que sus hijos sean educados en la lengua materna, reclamando así, con la misma legitimidad, ese derecho minorizado o abolido, de hecho, en la práctica.
Es necesario advertir en seguida que ese tipo de actuaciones en su doble dirección es radicalmente frecuente en Cataluña, en tanto que lo es menos, o no existe, en el País Vasco, en Galicia, en la Comunidad Valenciana y en Baleares (1). Conviene señalar, también en seguida, que la causa sigue siendo una causa de orden institucional y, por consiguiente, de orden político, puesto que son las instituciones públicas regidas por el poder legislativo autonómico las que exacerban o extralimitan su rigidez. Las leyes autonómicas competentes en este asunto siguen siendo de orden jerárquico inferior a la Carta Magna y, en este sentido, lo que viene apreciándose es una progresiva relajación en la aplicación estricta del derecho que configura la, asimismo, estricta co-oficialidad de ambas lenguas, en este caso, en Cataluña. Esa versión lene de la aplicación de la jerarquía legislativa que compete al Estado central viene manifestándose desde hace años a través de distintos matices que, en apariencia, no afectan a la normal comunicación bidireccional, pero que sí señalan una práctica que privilegia la exclusividad de una lengua y, sobre todo, se manifiesta contraria a la ley. Estos matices son perfectamente contrastables en, por ejemplo, la emisión de cualquier documento público, en cuya redacción es obligatoria la aplicación de la co-oficialidad; en las leyendas y señalizaciones verticales afectas al tráfico rodado, en los documentos-factura redactados por empresas y particulares, o en cualquier rúbrica de información pública cualquiera que sea su contenido.
Pero esta práctica va acompañada de otras que llevan aparejada una medida coercitiva por incumplimiento. La obligatoriedad de etiquetar en catalán los productos en los comercios abiertos al público(2) va acompañada, si no se cumple, de una sanción económica altamente disuasoria. La paradoja se produce cuando la sanción no se ejecuta si las etiquetas no están redactadas en castellano; es decir, que sólo es sancionable la omisión de la lengua catalana, cuando –por mor de la co-oficialidad- sería, en puridad, sancionable tanto una omisión como otra (añádase el mecanismo oficioso de las oficinas de delación lingüística habilitadas por la Generalitat de Cataluña, en las que pueden presentarse denuncias anónimas contra aquellos empleados de la Administración autonómica que utilizan el castellano en sus comunicaciones personales o públicas).
Bajo la misma amenaza de sanción, las instituciones políticas catalanas han emprendido una campaña de "avisos" consistente en sugerir el cambio de la rotulación nominal de los comercios públicos. Baste un ejemplo convencional, documentado y muy significativo. Una taberna(3) del Barrio Gótico barcelonés fue instada a cambiar la ‘ñ' de su rótulo por la correspondiente grafía catalana ‘ny', circunstancia que evidencia, por un lado, una grave defección a la propia originalidad de la lengua (cualquiera que ésta sea) y cuyo gesto encierra en sí mismo la negación a la lengua supuestamente impostora del mismo derecho que se exige a la lengua impuesta; y, por otro, el intento puramente administrativo de modificar un hecho lingüístico cuya raigambre diacrónica resulta insoslayable.
La debilidad de medida semejante es bien visible tras un breve análisis comparativo, ya que debería ser de aplicación a cuantos rótulos foráneos no se ajustaran a la morfología gráfica de la lengua catalana. Debilidad evidente, decimos, por cuanto el límite de esa medida se establece en dos perfiles de imposibilidad muy definidos: uno, el de las lenguas no castellanas(4); otro, el que impone el poder económico y que, por lo tanto, lo salvaguarda ante la contingencia de sufrir el mismo tratamiento. Existe, pues, un criterio jerárquico que incluye o excluye de la aplicación de la norma y de su sanción correspondiente a unos u otros en función de su posición o influencia en un contexto de poder económico(5).
Nos encontramos, entonces, ante la disyuntiva de si la carrera por la implantación de la lengua territorial responde a una finalidad humanista, cultural (en su más amplio sentido), proteccionista (en el mejor de sus contenidos) o, por el contrario, es fruto de los intereses asociados a determinadas parcelas del poder político. Nosotros, sin restar valor a la sincera defensa de las lenguas de expresión, creemos que prima más la adherencia política de este fenómeno y que se emplea con una no oculta finalidad de hipotética dominación.
Pero, con ser cierto –al menos preventivamente-, sería ingenuo permanecer en un análisis tan maniqueísta. Somos de los que creemos que la adherencia de una determinada lengua como argumento electoral todavía proporciona dividendos electorales; somos de los que pensamos que, pese a todo, es imposible sostener la paradoja de que en el País Vasco, por ejemplo, los programas políticos (o cualquier comunicación pública de masas) de los partidos de base idiomática vascuence se expresen y comuniquen en castellano a sus electores; somos de los que sabemos con certeza que la modulación paroxítona de la lengua castellana responde al influjo determinante de la lengua galaico-portuguesa; somos de los que pensamos que esgrimir la lengua propia como elemento identitario es un argumento extraordinariamente débil (o no se dispone de otros); somos de los que pensamos que la identidad cultural y la aspiración a la plena autonomía políticas requieren otros fundamentos más sólidos que la simple identificación con una lengua determinada. Este aspecto ha sido superado por sociedades democráticas socialmente más maduras: basten los ejemplos de Austria y Liechtenstein frente a Alemania; de San Marino frente a Italia; de Luxemburgo frente a Francia; éstos, en cuanto al uso de una lengua compartida. Respecto a una lengua ajena, piénsese en los países nórdicos y en Holanda como comunidades de hablantes que no han manifestado ningún prejuicio a la hora de aceptar el inglés como su segunda lengua.
Por consiguiente, no sólo habrá que considerar los motivos económicos, políticos o territoriales para tratar de explicar la perseverancia en la búsqueda de una identidad, sino que todos ellos están, además, tintados de una pátina histórica que nuestra sociedad no ha sabido todavía difuminar y que influye decididamente en la percepción psicológica del "problema" y en su -a nuestro juicio- insuperado prejuicio iconográfico materializado en exclusiva en lo "español", en lo "castellano".
La coyuntura política española aún no ha madurado lo suficiente como para aceptar que las lenguas son instrumentos no sólo de expresión, sino también de comunicación. Pero esta coyuntura política traslada a la conciencia social un contenido "problemático" cuando ha de abordarse este asunto; cuando -dicho castizamente- hay que coger al toro por los cuernos. De hecho, tanto el Manifiesto(5) en defensa de la lengua común como las críticas que ha suscitado siguen arguyendo motivos políticos; siguen mostrando adherencias ideológicas y siguen asociándose incluso a posturas que defienden no sólo las formaciones políticas en abstracto, sino que se señalan y destacas sus nombres y apellidos en un intento de magnificar o demonizar concluyentemente las posturas pro o anti Manifiesto. Y ello no es sino la reminiscencia psicológica de un pasado reciente de la historia española cuya inercia ideológica sigue empujando hasta no se sabe aún cuándo ni cuánto.
Parece, por lo tanto, imposible disociar de posturas ideológicas el uso, abuso, defensa y agresiones que afectan a las lenguas territoriales y a la lengua común de España. Resulta de ello un fenómeno extrapolado al ámbito político; pero ningún partido político ha reflexionado sobre la posibilidad de someter a consulta pública (como ya se hizo en alguno de los Estados Unidos, por ejemplo) la elección de la lengua oficial de comunicación. Sí se piensa en otro tipo de consultas; sin embargo, y pese a parecer un asunto de gran carga mediática, elemento de disensión o argumento fundamental de disuasión nuevamente política; pese a generar, por lo visto, tensiones sociales y haber alcanzado un grado de sensibilización social más que suficiente, a ninguna institución, gobierno o partido político se le ha ocurrido la propuesta de someter a referéndum el asunto de la oficialidad de las lenguas, considerando que esta medida aclararía mucho las cosas. Porque otra cosa es más que cierta: a los únicos a los que no se les ha consultado sobre este "conflicto" es a los hablantes, que nada dicen, que siguen usando la lengua que individualmente estiman más económica. Y éste es el auténtico derecho irrenunciable. El uso individual de la lengua constituye un derecho absolutamente inalienable y tiene el mismo rango que el derecho a la vida. Mientras no seamos plenamente conscientes de la trascendental dimensión social de este derecho, no comprenderemos su verdadera importancia ni sabremos articular actitudes de respeto, convivencia y entendimiento entre las comunidades de hablantes.
Dicho esto, conviene ahora recordar que existen otros fenómenos y factores intralingüísticos que se oponen frontalmente a las circunstancias extralingüísticas hasta aquí señaladas. Venimos diciendo que el "problema" lingüístico ha abandonado el ámbito del debate filológico que le es propio para instalarse en un plano de discusión fundamentalmente político. Decimos que trasladar el "conflicto" al contexto social o, mejor, a las comunidades sociales de hablantes, constituye un acto artificial de falsa sensibilización; decimos que el eco mediático pone en primera línea de percepción un "problema" que quizá no lo sea. En consecuencia, no acudir al examen puramente lingüístico de este fenómeno significaría quitarle una pata al banco de la discusión. Comencemos por decir que la ciencia filológica todavía no ha refutado (ni existen, por lo demás, ejemplos prácticos que las desdigan) las viejas tesis del lingüista Hugo Schudart (Las leyes fonéticas –1908- y Die Lingua Franca –1916-) en las que, en contrastada síntesis, viene a afirmar que una lengua nueva jamás podrá imponerse ni divulgarse mediante criterios administrativos, salvo que se aniquile o se expulse previamente a los hablantes nativos. La colonización anglosajona de Norteamérica y del continente austral es un ejemplo práctico de la segunda proposición de Schudart; en menor grado (pero de no menores consecuencias) la colonización española del continente americano, también (aunque el guaraní haya conservado su vitalidad y sea, hoy por hoy, la lengua co-oficial, junto al español, en la República de Paraguay). Pero existe un ejemplo actual muy significativo que corrobora la primera proposición del lingüista alemán: Puerto Rico, aun siendo Estado Asociado de Estados Unidos, sigue manteniendo el español como lengua mayoritaria, dinámica y vital pese a la inmersión administrativa del inglés. Otros ejemplos confirman también este hecho: los hablantes alemanes de la región de Alsacia en Francia (frente al francés administrativo), o los del Tirol italiano (frente al italiano administrativo), o los hablantes húngaros de Eslovaquia (frente al eslovaco administrativo). Las repúblicas bálticas de la ex Unión Soviética han conservado con extraordinario dinamismo sus lenguas nativas (lituano, estonio y letón) frente al que fue riguroso dominio político-administrativo de la U.R.S.S. Sin embargo, no es necesario ir tan lejos teniendo dos ejemplos aquí al lado, uno de los cuales venimos citando permanentemente: el catalán mismo y el gallego han mantenido su vigencia a pesar de la inmersión decretista y rigorista del español durante la dictadura de Franco.
Otra de las proposiciones del cientificismo decimonónico atendiendo al análisis de Schudart de las lenguas como "lenguas geográficas", es la división de éstas en dos grupos: "expansivas" y "regresivas". Incluye un numeroso grupo entre las primeras, de las que destacamos el alemán, el inglés, el árabe y el español; y, entre las segundas (más numerosas), cabe destacar el italiano y el francés como más significativas. Lo que añade Schudart a esta división son matices que no hay que perder de vista, entre ellos que ninguna lengua puede atribuirse el sagrado calificativo de incólume. Todas las lenguas se distinguen por sus mutuas contaminaciones, pero unas contaminan más que otras hasta alcanzar el grado de lenguas invasivas frente a las que son invadidas. Las razones son unas cuantas, pero la fundamental radica en el propio carácter de cada lengua, en su personalidad como "ser vivo" y, en ello tiene mucho que ver el hablante: es el hablante el que elige el carácter más atractivo de esas lenguas para expresarse y comunicarse. Ese carácter propio, singular, definitorio de cada lengua se denomina "endodinamismo". Es este carácter y su poder de seducción el que determina finalmente la supremacía de unas lenguas sobre otras. Y esta supremacía la imponen, por fin, los hablantes de nuevo.
Si atendemos a los argumentos de la gramática histórica, aceptados ya como clásicos, inaugurados por el empuje del afán cientificista del siglo XIX, esas tesis adquieren todo su valor. Vale para el caso de España el carácter "expansivo", "invasivo" y "endodinámico" del castellano frente al resto de las lenguas con las que convivía en el período de aparición de las lenguas romances frente al latín. Un dato destacable de esos estudios relativos a la evolución lingüística en la Península Ibérica (Rafael Lapesa, Historia de la lengua española –1981-), es el referido a la expansión del catalán en el siglo XI, lengua que llegó a hablarse durante ese período en toda la franja del Mediterráneo hasta Almería y su paulatina retrocesión hasta sus actuales fronteras, dato que, de nuevo, daría la razón a Schudart acerca del carácter regresivo del catalán. Todas las lenguas sincrónicas importantes de ese período (aragonés, astur-leonés, galaico- portugués, catalán, vascuence...) retrocedieron frente al empuje del castellano. La diferencia con nuestra coetaneidad es que, entonces (siglos X-XV), no existía un empeño administrativo o político por imponer el uso de una u otra lengua; es decir, cada una se defendía como podía (si es que este símil cabe en semejante estado de cosas). Es más: alejados incluso de ese hecho social, las monarquías peninsulares solían encargar a los escribanos la redacción de los comunicados oficiales en latín, lengua entonces de comunicación y que servía como instrumento muy útil para el trasvase de información y de entendimiento europeos. La irradiación monástica y diplomática del latín no pudo, sin embargo, con la fuerza de implantación del castellano, como no pudo con la fuerza de implantación de ninguna de las lenguas vulgares europeas.
¿Por qué el castellano se expandió a lo largo de esos siglos, pese a contar, además, con una importantísima comunidad araboparlante? Las respuestas hay que encontrarlas, de nuevo, dentro de la propia lengua, en su endodinamismo, en su carácter. Es un hecho incuestionable hoy que, de entre todas, resultó ser la más atractiva para el hablante, la que mejor se adaptó a su articulación, la que mejor definía el concepto de economía lingüística connatural a la toda lengua, la que mejores resultados comunicativos proporcionaba y la que pudo configurarse como lengua de expresión literaria(7), aspecto éste no menudo para la vitalidad, supervivencia y singularidad de las lenguas.
Cuando, en el siglo XVII, comienzan a fijarse las normas, estructura y morfología del castellano, nadie duda de que es ésta la lengua (y no otra de las también existentes en la Península) la que hay que normalizar dentro del territorio concebido entonces con una denominación mayestática, la que Felipe II inscribió como "Las Españas". Pero un momento anterior de esta expansión práctica y literaria del castellano resulta no ordinario anotar también; y es que es bien sabido que durante todo el siglo XVI se tildaba de "inculto" en Europa a quien no lo hablara(8).
El cientificismo decimonónico contribuyó no poco, con mecanismos de investigación documental, afán analítico, sabiduría y voluntad, a explicar, fijar, normalizar y examinar la diacronía y sincronía de la lengua española; su etimología, fonética, fonología y causas de su expansión y vitalidad. Cabe decir, por consiguiente, que estos aspectos son sistemáticamente ignorados por quienes invocan una u otra postura "defensiva" o "agresiva".
Algunos lingüistas y académicos de prestigio (los desaparecidos Fernando Lázaro Carreter o Camilo José Cela, por ejemplo) han vaticinado que las tres lenguas que finalmente permanecerán como lenguas de comunicación universal serán el inglés, el español y el árabe, quedando el resto relegadas a su papel de lenguas familiares. Los procesos evolutivos de las lenguas son, desde la perspectiva convencional de nuestro tiempo, desde la percepción individual del tiempo, extraordinariamente lentas; desde la perspectiva del tiempo histórico (el concepto diacrónico que se aplica a su estudio evolutivo), esos procesos son, sin embargo, extraordinariamente rápidos.
El miembro de la Real Academia de la Lengua Española -el poeta catalán Pere Gimferrer-, reúne en su condición de hablante peninsular una singularidad compartida por muchos: el bilingüismo. Quizá por su condición de académico de la Institución española y por ser un escritor en lengua catalana, sea la suya una opinión que deba tenerse especialmente en cuenta. Y advierte Gimferrer que, en efecto, ni los firmantes del Manifiesto, ni sus detractores son lingüistas; ninguno es filólogo. Y, más significativo todavía, es que ningún filólogo y lingüista se haya manifestado ni a favor ni en contra.
En consecuencia, podemos con más énfasis despejar la duda que planteábamos más arriba concluyendo que la lengua, sus leyes, quienes las estudian y las analizan tienen las cosas mucho más claras que quienes la utilizan por y para fines que nada tienen que ver con la lengua propiamente dicha, sino que sus posturas se encuentran asociadas a otros intereses, a otras finalidades que entran dentro de la psicología política, de la cultura del poder, de los argumentos en los que se sustenta la amplificación mediática y sus versiones psicosociales. En definitiva, se trata de un debate que, partiendo de un prejuicio eminentemente ideológico, crea falsas expectativas de discusión, creando un conflicto donde no lo hay, advirtiendo de un "problema" artificial. Las lenguas -cada una de las que conviven en nuestro territorio- seguirán su propia evolución sin que esas tormentas estivales inunden ni ahoguen lo que en su idiosincrasia morfológica y fonológica está dictado.

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(1) La carta remitida por el Govern Balear a la compañía aérea Air Berlin conminándole a emplear trabajadores en lengua mallorquina y a emitir en la misma lengua sus documentos pone en tela de juicio la ponderación que, en este sentido, era habitual en la Islas. Véase también en este mismo blog: http://forega.blogspot.com/2008/06/ay-air-berln.html http:// y forega.blogspot.com/search/label/LENGUA%20CATALANA

(2) Con la misma finalidad, acaba de anunciar el Gobierno Autonómico del País Vasco la elaboración de una norma semejante.

(3) Liberadas de ese cumplimiento se encuentran potentes firmas comerciales como El Corte Inglés, Aguas de Barcelona, o las grandes corporaciones financieras como Banco Bilbao Vizcaya, Caja Madrid, Ibercaja, etc., etc., siendo todas ellas nomenclaturas susceptibles de adaptación a la morfología catalana.

(4) Naturalmente, se omite el nombre por imperativa discreción.

(5) ¿Es posible la modificación del rótulo en casos como McDonal's, Benneton, Adidas, etc., siendo, en cualquier caso, denominaciones tan "propias" como la de la taberna del Barrio Gótico?

(6) Su cita resulta harto sencilla ante la profusión de sus ediciones en diversos medios escritos durante el último verano.

(7) El Poema de Mio Cid, el Libro de buen amor, El Conde Lucanor… constituyen, entre otras, referencias literarias singulares de la capacidad creativa del castellano primitivo.

(8) Los hermanos De Valdés, Juan y Alfonso, pero sobre todo el primero, en su Diálogo de la lengua, dan testimonio de ese contexto psicosocial respecto a la consideración de la lengua española.

 

 

 

 

5 comentarios

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